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	<title>IRPH, Indices de Referencia de Prestamos Hipotecarios &#187; alquiler</title>
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		<title>Alquilo: ¿Qué gastos me corresponden?</title>
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		<pubDate>Thu, 28 Jul 2011 21:26:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Conceptos]]></category>
		<category><![CDATA[gastos alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[gastos contrato alquiler]]></category>
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		<description><![CDATA[&#160; La realidad de nuestro país nos demuestra que cada vez más difícil llegar a la vivienda propia.   Esta crisis que vivimos ha provocado que nuestro salario merme en forma permanente en términos de poder adquisitivo.  Además no nos olvidemos de un punto fundamental la mitad del país vive atemorizada de perder su empleo, en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://hipotecashipotecas.es/wp-content/uploads/2009/07/jov-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La realidad de nuestro país nos demuestra que<strong> c</strong><strong>ada vez más difícil llegar a la vivienda propia</strong>.   Esta crisis que vivimos ha provocado que nuestro salario merme en forma permanente en términos de  poder adquisitivo.  Además no nos olvidemos de un punto fundamental<strong> la mitad del país vive atemorizada de perder su <a href="http://buscartrabajo.es/">empleo</a>,</strong> en un contexto donde el paro no deja de crecer.  Asimismo, las condiciones para obtener un <a href="http://www.mejorescreditos.es/">crédito</a>, son cada vez mayores, en términos de requisitos y costes, ya que las entidades prestatarias también se encuentran al borde del abismo.</p>
<p>Ni hablar de aquellas personas que por diversas situaciones de esta crisis que parece no tener fin, han perdido su vivienda.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p>Es por  ello que muchos españoles han optado por postergar el sueño de adquirir  la vivienda propia y <strong>vivir de alquiler.</strong></p>
<p><a href="http://irph.org/precio-alquiler.html">Con los precios del alquiler en aumento ya en varias ciudades</a>,<strong> l</strong>es vamos a comentar algunos puntos de utilidad para el inquilino, tales como <strong>cuáles serían los gastos con los que debería correr el inquilino</strong> y cuáles no.</p>
<p>Ya de por sí, quienes se encuentran a la búsqueda de una vivienda para alquilar, deben decidir si recurren a un<strong> agente o intermediario inmobiliario, </strong>o no.  En el primer caso, seguramente nos encontraremos con nuestro primer gasto:<strong> la comisión</strong> por indicarle los pisos o inmuebles disponibles en la zona de su interés y de acuerdo a sus preferencias y necesidades.</p>
<p>Con la <strong> firma del contrato</strong>, nos encontramos ante la segunda fuente de gastos, ya que es normal que el arrendatario le solicite algún tipo de<strong> <a href="http://irph.org/%C2%BFque-es-la-fianza-en-los-arrendamientos.html">fianza </a>o aval</strong>, monto que suele ser el equivalente al precio de uno o dos meses de alquiler.</p>
<p>Como protección al inquilino, el casero no puede exigirle más que la  variación del<a href="http://ipcblog.es/ipc-alquileres"> IPC General </a>para subirle anualmente el alquiler durante  los primeros cinco años.</p>
<p>En cuanto a las <strong>roturas y las obras</strong>, corresponde diferenciar entre aquellas que sean consecuencia del mantenimiento y <strong>conservación de la propiedad corresponden al propietario</strong>, ya que hacen a la habitabilidad del inmueble.</p>
<p>Por otro lado, <strong>el inquilino</strong> deberá hacerse cargo de las obras o reparaciones que resulten una consecuencia directa del uso y <strong>desgaste de la propiedad</strong>, como puede ser la rotura de una tecla de luz, la renovación de la pintura u otros similares.</p>
<p>En la mayoría de los casos, deberán ser abonados por el  inquilino,  <strong>los servicios individuales</strong> de la unidad, como pueden ser la luz, el agua, el teléfono o la  electricidad, ya que en los contratos se especifica que en el precio del <strong>alquiler no se encuentran incluidos ninguno de </strong>ellos .</p>
<p>Esto no es una regla o impedimento, sino simplemente el efecto de los usos y costumbres.  Por los tanto, dado que las condiciones de los alquileres  pueden ser fijadas por las partes, puede pactarse que éstos gastos  formen parte del precio del alquiler y por lo tanto sean abonados por el  propietario. Pero repetimos, esto no es lo habitual.</p>
<p>Por el contrario es habitual que  los <strong>gastos correspondientes a los espacios comunes correspondan al propietario</strong>. En concreto, cuando hablamos de esta clase de gastos nos referimos a la piscina, el garaje, o los ascensos.  Excepto, claro, que en el contrato expresamente se ponga a cargo del inquilino,</p>
<p>Respecto del tema de los seguros, es normal que el <strong><a href="http://segurosyseguros.es">seguro </a>de hogar</strong> sea abonado por el propietario, puesto que ante cualquier siniestro será el beneficiario de la póliza, y quien busque protegerse en caso de incendio o destrucción por efecto de un fenómeno natural.</p>
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		<title>Precio alquiler</title>
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		<pubDate>Wed, 27 Jul 2011 14:58:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
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		<description><![CDATA[&#160; Ya fue publicado por Idealista.com, los resultados del estudio efectuado sobre los precios del alquiler en España, correspondientes al segundo trimestre.  De tal estudio se ha comprobado que los precios de los alquileres están mostrando nuevas subidas en algunas de las principales capitales, al tiempo que en otras regiones el ajuste aún continúa. Las [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://hipotecashipotecas.es/wp-content/uploads/2009/07/jov-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ya fue publicado por <a href="http://www.idealista.com/pagina/portada">Idealista.com</a>, los resultados del estudio efectuado sobre los <strong>precios del alquiler en España, </strong>correspondientes al <strong>segundo trimestre</strong>.  De tal estudio se ha comprobado que<strong> los precios de los alquileres están mostrando nuevas subidas en algunas de las principales capitales</strong>, al tiempo que en otras regiones el ajuste aún continúa.</p>
<p>Las mayores alzas trimestrales se han registrado en Madrid y otras importantes capitales, tal como detallamos a continuación:</p>
<ul>
<li>Lleida: +4,2%</li>
</ul>
<ul>
<li>Cádiz: + 3,9%</li>
</ul>
<ul>
<li>Bilbao: + 3,3%</li>
</ul>
<ul>
<li>Sevilla: + 1,3%</li>
</ul>
<ul>
<li>Madrid: + 0,5%,</li>
</ul>
<ul>
<li>Zaragoza: + 0,4%,</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>En el extremo opuesto encontramos a Barcelona y Valencia, donde el alquiler medio <strong>descendió </strong>un 0,2%.  Con caídas aún mayores, y prosiguiendo el ajuste en el precio medio del alquiler de vivienda en el segundo trimestre del año, encontramos a Oviedo con un descenso del 4,50%, a  Tarragona donde el alquiler se abarató un 3,7% y Leon con caídas del 3,4%.</p>
<p>Si nos gustan los extremos, nos conviene irnos a vivir a <strong>San Sebastián, lugar donde el precio del alquiler ha marcado el techo en las estadísticas nacionales, c</strong>on un importe de 12,5 euros por metro cuadrado y mes.</p>
<p>Algo por debajo encontramos los precios del alquiler en Bilbao y Madrid con 12 euros el metro cuadrado por mes.  También por encima de los 10 <a href="http://forexytrading.es/">euros </a>por metro vemos a los alquileres en Barcelona.</p>
<p>Pero si es que nos gusta <a href="http://comoahorrardinero.com/">ahorrar </a>dinero, en Ourense encontraremos nuestra oportunidad, ya que en esta zona, el precio medio se sitúa en los 4,5 euros por metro cuadrado y mes.  En segundo término encontramos a  Castellón donde el alquiler asciende a 4,7 euros  y Lugo y Cáceres donde se pagan 4,8 euros en cada una.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Alquiler en la costa</title>
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		<pubDate>Mon, 27 Jun 2011 20:44:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[alquilar en la costa]]></category>
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		<description><![CDATA[  Llega el verano y con ello el momento de afinar el lápiz y proyectar nuestras vacaciones.  Dado los altos costes que supone hospedarse una temporada vacacional en un hotel, muchos españoles optan por alquilar una casa en la costa durante el verano. Las noticias son buenas para quienes planeamos las vacaciones 2011 con lo justo, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignnone aligncenter" src="http://www.absolutespana.com/wp-content/uploads/2009/04/playa-zarautz.jpg" alt="" width="369" height="183" /></p>
<p style="text-align: center"> </p>
<p>Llega el verano y con ello el momento de afinar el lápiz y <strong>proyectar nuestras vacaciones</strong>.  Dado los altos costes que supone hospedarse una temporada vacacional en un hotel, muchos españoles <strong>optan por alquilar una casa en la costa durante el verano.</strong></p>
<p>Las noticias son buenas para quienes planeamos las vacaciones 2011 con lo justo, ya que un estudio elaborado por <a href="http://fotocasa.es">fotocasa.es </a>revela que, de media,<strong> el precio del <a href="http://irph.org/ayudas-alquiler-vivienda.html">alquiler </a>en las casas y apartamentos en la costa es un 3% más bajo que el registrado el año pasado.</strong></p>
<p>Por supuesto que los descensos no son iguales en todas las zonas y municipios.  De hecho las bajas más fuertes se registraron en las <a href="http://irph.org/declaracion-de-la-renta-y-alquileres-primera-parte.html">propiedades en alquiler </a>del municipio de<strong> Manilva, donde la caída alcanza el 14,8%,</strong> con un precio medio por metro cuadrado de 6,03 <a href="http://cambioeurodolar.com">euros </a>al mes.</p>
<p>Si bien no es el que mayores bajas mostró, pero sí se lleva el récord en mejor precio, en el municipio valenciano de Sagunto alquilar una vivienda este año, <strong>cuesta nada más que 4,91 euros por metro cuadrado al mes.</strong></p>
<p>En el extremo opuesto, la región más cara para alquilar una casa de costa es San Sebastián, donde el metro cuadrado cuesta 13,35 euros al mes.</p>
<p>Asimismo la región que mayores subas ha mostrado en el precio del alquiler es Almuñécar, en la costa de Granada, donde este año alquiler una casa es un 7,4% más caro, alcanzando los 6,39 euros por metro cuadrado al mes.</p>
<p>Por regiones <strong>los descensos siguieron esta evolución, respecto de la media del año pasado</strong>:</p>
<p>Murcia: -4,60%<br />
Canarias: -4,50%<br />
Baleares: -4,10%<br />
Costa catalana: &#8211; 3,40%<br />
Costa andaluza: &#8211; 3,00%<br />
Comunidad Valenciana: -2,50%<br />
Costas del Norte de España: -1,60%</p>
<p>Un reflejo más de la falta de recuperación del sector inmobiliario, en donde los dueños, imposibilitados para vender sus <a href="http://hipotecashipotecas.es">viviendas </a>y con una creciente dificultad para obtener una renta de las mismas, deben bajar sus precios lenta y paulatinamente.</p>
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		<title>Ayudas alquiler vivienda</title>
		<link>http://irph.org/ayudas-alquiler-vivienda.html</link>
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		<pubDate>Tue, 21 Jun 2011 20:52:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Conceptos]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler joven]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas alquiler vivienda]]></category>
		<category><![CDATA[renta de emancipacion]]></category>

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		<description><![CDATA[&#160; Dentro de los planes gubernamentales destinados a la promoción de la vivienda en alquiler, el Ministerio de Fomento, contempla la ayuda para el alquiler de la vivienda. Estas ayudas se ofrecen en un marco general o bien dentro de los planes dirigidos a jóvenes bajo el concepto de Renta de Emancipación. Las ayudas a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://www.sxc.hu/pic/m/v/v_/v_hujer/1211961_money.jpg" alt="" width="300" height="225" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Dentro de los planes gubernamentales destinados a la <a href="http://hipotecashipotecas.es">promoción de la vivienda</a> en alquiler, el <a href="http://www.fomento.gob.es/mfom/lang_castellano/">Ministerio de Fomento</a>, contempla la ayuda para el alquiler de la vivienda.  Estas ayudas se ofrecen en un marco general o bien dentro de los<strong> planes dirigidos a <a href="http://hipotecashipotecas.es/las-mejores-hipotecas-para-jovenes/">jóvenes </a>bajo el concepto de Renta de Emancipación.</strong></p>
<p>Las <strong>ayudas a inquilinos</strong> deben ser tramitadas en las respectivas Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, siempre que se cumpla con los requisitos de otorgamiento.</p>
<p>A continuación les comentamos los aspectos básicos del régimen general contemplado en el <strong>Plan Estatal de Vivienda.</strong></p>
<p>La ayuda para facilitar el pago de la renta de alquiler a los inquilinos será otorgada por un <strong>plazo de dos años (24 meses)</strong>, siempre que en dicho periodo se continúen reuniendo las condiciones necesarias para su otorgamiento.   Su <strong>importe anual será del 40% de la renta anual, con un tope de 2.880 €. </strong></p>
<p>Para acceder a este beneficio el inquilino deberá ser preferentemente joven, <strong>menor de 35 años c</strong>on ingresos familiares anuales que no excedan de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.</p>
<p>Además deberá presentar el<strong> contrato de arrendamiento</strong> para su visado en el que conste que la vivienda cuenta con una superficie inferior a 90 metros cuadrado útiles.</p>
<p>El Estado verificará que la renta anual que han de satisfacer se encuentre entre un mínimo de un 2% y un máximo del 9% del precio máximo para las viviendas protegidas para arrendamiento de renta básica.<br />
Una vez recibida esta ayuda por el periodo máximo expuesto, no se puede obtener nuevamente hasta pasados 5 años.</p>
<p>Quienes estén interesados en su solicitud deberá tener en cuenta que dentro de los límites máximos indicados, las Comunidades y Ciudades Autónomas pueden establecer los criterios objetivos de selección de los inquilinos, modulándolos en función de las necesidades específicas de sus territorios.</p>
<p>Por otra parte y para <strong>personas de entre 22 y 30 años de edad, existe la denominada <a href="http://www.finanzzas.com/renta-basica-de-emancipacion">Renta de Emancipación,</a></strong> una ayuda dirigida a los jóvenes que acrediten una <a href="http://buscartrabajo.es/">vida laboral </a>de al menos seis meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.<br />
Dicha fuente de ingresos no podrá proveer una renta superior a 22.000 euros brutos anuales.</p>
<p>La prestación tendrá una duración de cuatro años, pudiendo fraccionarla, de forma de recibir la ayuda por dicho periodo de forma consecutiva o interrumpida.<br />
<strong>El importe de la prestación será de 210 euros mensuales,</strong> los que se pagarán después de  comprobar que el inquilino ha realizado la transferencia de la renta mensual al propietario.</p>
<p>Al igual que en el caso anterior hay que presentar la solicitud ante el departamento competente en materia de vivienda de la Comunidad o Ciudad Autónoma donde esté situado el piso de alquiler.</p>
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		<title>Declaracion de la Renta y alquileres, segunda parte</title>
		<link>http://irph.org/declaracion-de-la-renta-y-alquileres-segunda-parte.html</link>
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		<pubDate>Tue, 14 Jun 2011 23:50:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Conceptos]]></category>
		<category><![CDATA[arrendatario]]></category>
		<category><![CDATA[declaración de la renta]]></category>
		<category><![CDATA[Declaracion de la Renta y alquileres]]></category>
		<category><![CDATA[deducción alquiler]]></category>

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		<description><![CDATA[&#160; En cuanto a la declaración de la renta se trata, no a todos nos resulta útil la información referente a las deducciones que le caben a los propietarios, ya que justamente nos encontramos del lado opuesto de la vereda&#8230; somos los inquilinos. Es para todas estas personas que preparamos esta segunda entrega, en donde [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://hipotecashipotecas.es/wp-content/uploads/2011/06/alquiler.bmp" alt="" width="252" height="154" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En cuanto a la <a href="http://impuestosrenta.com/"><strong>declaración de la renta</strong></a> se trata, no a todos nos resulta útil la información referente a las <a href="http://irph.org/declaracion-de-la-renta-y-alquileres-primera-parte.html">deducciones que le caben a los propietarios, y</a>a que justamente nos encontramos del lado opuesto de la vereda&#8230; somos los<strong> inquilinos.</strong></p>
<p>Es para todas estas personas que preparamos esta segunda entrega, en donde <strong>trataremos las deducciones que quienes vivimos de alquiler </strong>podemos efectuar en nuestra declaración de la renta, la cual está<a href="http://todoproductosfinancieros.com/fechas-de-declaracion-de-renta/"> próxima a vencer.</a></p>
<p>Una parte de las deducciones admitidas en el IRPF son de <strong>carácter general </strong>y aplicables a aquellos sujetos que tengan una <strong>base imponible inferior a 24.020 euros,</strong> mientras que otra parte de ellas provienen de las disposiciones de cada comunidad autónoma en ejercicio del poder delegado del organismo central.</p>
<p>Como decíamos en primer lugar, corresponderá analizar si nuestro caso cuadra en la deducción general.  La misma permite una <strong>deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler </strong>de su <a href="http://impuestosrenta.com/concepto-de-vivienda-habitual/">vivienda habitual,</a> siempre que la base imponible esté dentro de los parámetros mencionados.</p>
<p>El límite máximo de la deducción correspondiente a los arrendatarios será de<strong> 9.015 euros anuales</strong>, siempre que las rentas  de los sujetos sean inferiores a 12.000 euros.  A partir de allí y a medida que se incrementa la renta el tope deducible se irá reduciendo proporcionalmente, hasta llegar a cero cuando la renta del contribuyente alcance los 24.020 euros.</p>
<p>Para el año fiscal 2010, si usted no cuadra en el supuesto general deberá analizar si no puede deducirse importe alguno en función a las medidas impuestas por alguna de las<strong> 13 Comunidades Autónomas que tienen aprobadas diferentes desgravaciones por alquiler, </strong>tal como exponemos a continuación:</p>
<p>-<strong>Andalucía</strong>: el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 500 euros anuales.</p>
<p>-<strong>Asturias</strong>: El 5% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por alquiler de la vivienda habitual del contribuyente, con un máximo de 273 euros.  O bien el 10%, con el límite de 546 euros, en caso de alquiler de vivienda habitual en el medio rural.</p>
<p>-<strong>Islas Baleares:</strong> el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual, con un máximo de 300 euros anuales.</p>
<p><strong>-Canarias: </strong>el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 500 euros anuales.</p>
<p>-<strong>Cantabria:</strong> el 10% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el arrendamiento de la vivienda habitual, con el límite máximo de deducción de 300 euros anuales.</p>
<p>-<strong>Castilla y León</strong>: el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con un límite de 459 euros. El 20% de las cantidades satisfechas, con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual esté situada en núcleos rurales.</p>
<p>-<strong>Cataluña</strong>: el 10% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con el límite máximo de 300 euros anuales.</p>
<p><strong>-Extremadura</strong>: el 10% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de<br />
vivienda habitual, con el límite de 300 euros anuales.</p>
<p>-<strong>Galicia</strong>: el 10% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 300 euros anuales.</p>
<p>-<strong>Madrid:</strong> el 20% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual en el período impositivo, con un máximo de 840 euros.</p>
<p><strong>-Comunidad Valenciana</strong>: el 15% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo, con un límite de 450 euros.  En esta comunidad se tienen en cuenta las condiciones personales del contribuyente, por lo que en caso de tratarse de discapacitados, esta deducción puede incrementarse hasta el 25%.</p>
<p>-<strong>Navarra</strong>: El 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual del sujeto pasivo.</p>
<p>-<strong>Pais Vasco:</strong> El 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un límite de deducción de 1.600 euros anuales.  No obstante en el caso de contribuyentes que tengan una edad inferior a 35 años o sean titulares de familia numerosa y aquellos que tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, la deducción prevista en el párrafo anterior será del 25%, con un límite de deducción de 2.000 euros anuales</p>
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		<title>Declaracion de la Renta y alquileres, primera parte</title>
		<link>http://irph.org/declaracion-de-la-renta-y-alquileres-primera-parte.html</link>
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		<pubDate>Tue, 14 Jun 2011 22:41:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Conceptos]]></category>
		<category><![CDATA[declaración de la renta]]></category>
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		<description><![CDATA[&#160; Ya estamos a mediados de junio y antes de fin de mes hay que presentar la Declaración de la Renta del año 2010. Es por ello, que en esta entrega les comentaremos algunos aspectos básicos, que consideramos resultarán de utilidad para aquellas personas que han puesto su propiedad en alquiler en este ejercicio tributario. [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://hipotecashipotecas.es/wp-content/uploads/2011/06/alquiler.bmp" alt="" width="252" height="154" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ya estamos a mediados de junio y <strong><a href="http://todoproductosfinancieros.com/fechas-de-declaracion-de-renta/">antes de fin de mes hay que presentar la Declaración de la Renta </a>del año 2010.</strong> Es por ello, que en esta entrega les comentaremos algunos aspectos básicos, que consideramos resultarán de utilidad para aquellas personas que han puesto su propiedad en <strong>alquiler </strong>en este ejercicio tributario.</p>
<p>La <strong>crisis </strong>que atraviesa el sector inmobiliario, <strong>ha empujado a muchos propietarios al mercado del alquiler. </strong>Ante la imposibilidad de vender su antigua vivienda, muchos dueños han puesto sus propiedades en alquiler, de forma de no tener sus viviendas vacías e improductivas.</p>
<p>En esta entrega les expicaremos <strong>las <a href="http://blog.hipolisto.es/las-deducciones-de-vivienda.html">deducciones </a>admitidas en la<a href="http://impuestosrenta.com/"> declaración de la renta</a> para propietarios.</strong></p>
<p>En primer lugar debe aclararse que los ingresos obtenidos por los alquileres deben declararse en el IRPF por la vía de los<strong> rendimientos inmobiliarios.</strong> Esto es así siempre que la actividad económica principal del contribuyente la constituya el arrendamiento de inmuebles.</p>
<p>En este sentido se considerará como rendimiento inmobiliario <strong>toda cantidad que el arrendatario o subarrendatario deba satisfacer </strong>(por cualquier concepto) por el uso o disfrute de los bienes inmuebles objeto del contrato.</p>
<p>Esta partida <strong>nos daría el componente bruto</strong> (o también llamado rendimientos integros)  al cual corresponderá restar todos los gastos necesarios para la obtención del inmueble.  En este acápite corresponderá la deducción de los <strong>intereses de la <a href="http://hipotecashipotecas.es">hipoteca </a></strong>contraída para la financiación de la compra de la vivienda, así como los gastos incurridos en tal financiación.  En este sentido también podrán deducirse los<strong> intereses y gastos de financiación de las cantidades destinadas a la mejora de la vivienda.</strong></p>
<p>Los importes destinados a las mejoras u otros gastos de conservación y reparación del inmueble también son deducibles de los ingresos obtenidos por el alquiler, así como las cantidades destinadas a <strong>amortización</strong>.</p>
<p>Estas deducciones en ningún caso podrán superar la cuantía de los rendimientos íntegros (o brutos) obtenidos.  En caso de superarlos este  exceso podrá ser reservado y deducido en los cuatro años siguientes, restando de los ingresos íntegros obtenidos en tales periodos.</p>
<p>Asimismo resultarán gastos deducibles otros gastos necesarios para la obtención de los ingresos de este acápite, tales como:</p>
<ul>
<li>Tributos no estatales, entre los que podemos mencionar el IBI, tasas por limpieza, recogidas de basuras, entre otros.</li>
</ul>
<ul>
<li> Saldos de cobro dudoso</li>
</ul>
<ul>
<li> Primas de contratos de <a href="http://segurosyseguros.es">seguro</a></li>
</ul>
<ul>
<li> Cantidades devengadas por servicios de portería, administración, etc</li>
</ul>
<ul>
<li> Gastos incurridos en la formalización del contrato de arrendamiento</li>
</ul>
<ul>
<li> Servicios de Suministros.</li>
</ul>
<p>El <strong>rendimiento neto</strong> resultará de los ingresos íntegros menos los gastos deducibles.  Sin embargo, a ésta cantidad a<strong>ún se le pueden efectuar dos grandes reducciones:</strong></p>
<ol>
<li>Reducción del 50% de los ingresos netos en caso de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda, ó</li>
<li>Reducción del 100% de los ingresos netos en caso de arrendamientos de bienes inmuebles destinados a vivienda, cuando el arrendatario sea menor de 35 años y obtenga unos rendimientos del trabajo superiores a 7.455 <a href="http://forexblog.es/">euros</a>.</li>
</ol>
<p>De esta forma y después de considerar estas dos posiblidades<strong>, los ingresos sobre los que el propietario deberá tributar pueden reducirse a cero, o bien quedar en cantidades infimas</strong>.  De esta forma, el Gobierno pretende la <strong>promoción del mercado del alquiler,</strong> beneficiando al propietario que sume su vivienda a este régimen.</p>
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		<title>Repunta el precio de los alquileres</title>
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		<pubDate>Tue, 17 May 2011 18:17:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[alquilar en españa]]></category>
		<category><![CDATA[suben los alquileres]]></category>

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		<description><![CDATA[&#160; ¿Se terminan las bajas en el precio de los alquileres?&#8230; Así lo sugieren los datos del mes de abril, que con una suba en el precio de los alquileres en nuestro país corta una racha de 15 meses de descensos. Estos datos se desprenden del índice elaborado por fotocasa.es, el cual muestra un incremento [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://www.sxc.hu/pic/m/c/ch/chopstix00/723722_condo_shots.jpg" alt="" width="224" height="300" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Se terminan las bajas en el precio de los alquileres?&#8230;</strong> Así lo sugieren los datos del mes de abril, que con una suba en <strong>el precio de los alquileres en nuestro país corta una racha de 15 meses de descensos.</strong></p>
<p>Estos datos se desprenden del índice elaborado por <a href="http://www.fotocasa.es/">fotocasa.es</a>, el cual muestra un<strong> incremento del 1,2 % en el precio de los alquileres al cierre de abril y respecto a marzo.</strong> De este modo el precio por metro cuadrado de la vivienda en alquiler en nuestro país se situó en 7,90 <a href="http://forexblog.es/">euros</a>.</p>
<p>Sin duda, estas subas se vinculan a la evolución que mostró el <a href="http://todoproductosfinancieros.com/ipc-abril-2011/">IPC en el mes de abril</a>, ya que el precio del alquiler está referenciado al mismo, y este exhibió la mayor suba mensual desde octubre de 2007,<strong> al aumentar un 3,8%</strong>.</p>
<p>Los incrementos en los precios de<strong> los alquileres se manifestaron en 13 comunidades autónomas y en 28 provincias.</strong> Los precios más elevados se encuentran en las siguientes zonas de nuesro país:</p>
<ul>
<li>País Vasco: 11,31 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Madrid: 10,36 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Cataluña 9,89 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Navarra 7,97 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Baleares 7,87 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<p>En contraposición los precios más bajos se encuentran en</p>
<ul>
<li>Extremadura: 4,97 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Castilla-La Mancha: 5,67 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Murcia: 5,79 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Comunidad Valenciana: 5,91 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<ul>
<li> Galicia: 6,07 euros el metro cuadrado</li>
</ul>
<p>Por provincias, en nuestro país el alquiler disminuyó en 20 y mantuvo estable sus valores en otras dos.  De los estudios sectoriales se observó que la provincia más cara para alquilar es Vizcaya, siendo secundada por Guipúzcoa y Barcelona.</p>
<p>Alquilar es más barato en las provincias de Jaén, Orense y Cáceres, donde los precios se ubican en 4,85, 4,85 y 4,88 euros el metro cuadrado respectivamente.</p>
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		<title>Precios del alquiler, los datos de febrero</title>
		<link>http://irph.org/precios-del-alquiler-los-datos-de-febrero.html</link>
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		<pubDate>Sat, 19 Mar 2011 23:17:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[alquiler piso]]></category>
		<category><![CDATA[alquileres]]></category>
		<category><![CDATA[precio del alquiler]]></category>

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		<description><![CDATA[    El Instituto Nacional de Estadística (INE) ya ha publicado los datos correspondientes al mes de febrero que el organismo recopila respecto del precio de los alquileres en nuestro país. De acuerdo a los mismos los precios del alquiler han sufrido un alza del 0,1 por ciento a nivel nacional en el mes de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://www.sxc.hu/pic/m/b/ba/ba1969/1328867_for_rent_sign_2.jpg" alt="" width="216" height="300" /> </p>
<p> </p>
<p>El <a href="http://www.ipcblog.es/el-instituto-nacional-de-estadistica/">Instituto Nacional de Estadística</a> (INE) ya ha publicado los datos correspondientes al mes de febrero que el organismo recopila respecto del <strong>precio de los alquileres en nuestro país</strong>. De acuerdo a los mismos los precios del alquiler han sufrido un <strong>alza del 0,1 por ciento a nivel nacional en el mes de febrero y en relación con enero.</strong></p>
<p><strong>En términos interanuales </strong>y teniendo en cuenta el promedio nacional, los precios de los alquileres <strong>se han elevado un 1,2%</strong>, una cifra que a todas luces resulta bastante<strong> más baja que el <a href="http://www.ipcblog.es/ipc-febrero-2011/">IPC</a>.</strong></p>
<p>Desglosando nuestro país en regiones, podemos observar, en función a los datos proporcionados por el INE, que algunas comunidades han registrado <strong>subas superiores al promedio</strong>. Las mismas son:</p>
<ul>
<li>País Vasco 1,7%,</li>
<li>Baleares 1,6%,</li>
<li>Cantabria 1,5%,</li>
<li>Cataluña 1,5% y</li>
<li>Galicia 1,5%.</li>
</ul>
<p>Quienes han visto subas de precio muy cercanas a la media nacional y que por tanto resultan las más representativas de estos porcentajes, han sido las comunidades de Andalucía, Aragón, Canarias y Comunidad Valenciana.</p>
<p>En el otro extremo de las estadísticas podremos encontrar aquellas <strong>comunidades cuyos incrementos se encontraron por debajo de la media nacional </strong>o incluso han registrado disminuciones en el precio de los alquileres en los últimos doce meses. Estas comunidades son:</p>
<ul>
<li>Asturias 1%,</li>
<li>Castilla y León 1%,</li>
<li>Castilla-La Mancha 0,8%,</li>
<li>Extremadura 0,1%,</li>
<li>Madrid 1,1%,</li>
<li>Murcia 0,4%,</li>
<li>La Rioja 0,3%,</li>
<li>Ceuta 0,7%,</li>
<li>Melilla 0,1% y</li>
<li>Navarra -0,3%</li>
</ul>
<p>Estas noticias resultan alentadoras para quienes deben vivir de alquiler. Sin embargo en nuestro país existen sólidas estadísticas que ratifican que <strong>la mayor parte de la población no utiliza el alquiler</strong> como un medio para el acceso a la vivienda, sino que la mayor parte resultan propietarios.</p>
<p>En un mercado inmobiliario deprimido como el que estamos viviendo desde hace ya algo más de dos años, las posibilidades de venta son restringidas, y por ello, <strong>muchos propietarios que no desean aplicar descuentos para vender sus pisos, han optado por incorporarlos al mercado del alquiler</strong>. Para estas personas la realidad es diferente. Por un lado el precio de los alquileres mantiene una evolución por debajo de la suba generalizada de los precios reflejada en el IPC. Por otra parte <strong>los precios de conservación de la vivienda se han incrementaron un 2,7 por ciento</strong> a nivel nacional en el último año, situación que compromete seriamente la rentabilidad del alquiler.</p>
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		<title>En  Alquiler 1.100 viviendas de La Caixa</title>
		<link>http://irph.org/en-alquiler-1-100-viviendas-de-la-caixa.html</link>
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		<pubDate>Thu, 17 Mar 2011 17:44:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[vivienda protegida]]></category>
		<category><![CDATA[vpo]]></category>

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		<description><![CDATA[La Caixa ha anunciado que pondrá en el mercado unas 1.100 viviendas en alquiler a precios asequibles. &#160; &#160; El director general de la Fundación ”laCaixa”, Jaume Lanaspa, y el consejero delegado de Vivienda Asequible de la Obra Social ”la Caixa”, Jaume Cabré, han anunciado hoy en Barcelona la construcción de 17 promociones de pisos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center"><em><strong>La Caixa</strong> ha anunciado que pondrá en el mercado unas<strong> 1.100 viviendas en alquiler a precios asequibles.</strong></em></p>
<p style="text-align: center">&nbsp;</p>
<p style="text-align: center"><img class="alignnone" src="http://prensa.lacaixa.es/obrasocial/thumbnail.html?annex=18179&amp;width=480&amp;height=270&amp;qual=kk_min" alt="" width="379" height="270" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<p>El director general de la Fundación ”laCaixa”, Jaume Lanaspa, y el consejero delegado de Vivienda Asequible de la Obra Social ”la Caixa”, Jaume Cabré, han anunciado hoy en Barcelona l<strong>a construcción de 17 promociones de pisos destinados a familias.</strong> Se trata de proyectos paralizados por la crisis, ofreciéndolas en el marco de su programa <strong>Vivienda Asequible.</strong></p>
<p>De esta forma y en consecuencia encontrará 1.100 viviendas familiares, <strong>distribuidas en media docena de comunidades autónomas de nuestro país</strong>, a las que podrá acceder a precios inferiores a la media.  Según informa la entidad dichos inmuebles se ubican en Cataluña, País Vasco, Cantabria, Murcia, Comunidad de Madrid y Andalucía.</p>
<p>Tal cual informa la entidad, esta nueva tanda de inmuebles <strong>se suma a la oferta de más de 3.000 pisos que se construyen desde 2004 gracias al programa de Vivienda Asequible.</strong> Cabe aclara que los mismos se encuentran <strong>destinados a jóvenes de entre 18 y 35 años y a personas mayores de 65.</strong></p>
<p>En cuanto a la morfología de los mismos, la entidad informa que se trata de <strong>viviendas de más de 60m², con dos o tres habitaciones, </strong>por lo que resultan especialmente adecuados para familias.</p>
<p>El <strong>contrato de alquiler será de cinco años,</strong> los cuales serán prorrogables, siempre que el arrendatario siga siendo apto a ser incluido en el programa, es decir, si continúa reuniendo los requisitos del régimen de protección oficial.</p>
<p>Este programa permite a los arrendatarios <a href="http://www.finanzzas.com/alquiler-con-opcion-a-compra"><strong>optar por la compra del inmueble</strong></a>, después de transcurrido un período de alquiler de diez años.  Por supuesto la opción de compra podrá ser ejercida por un precio inferior al establecido en el mercado de <a href="http://www.finanzzas.com/viviendas-de-proteccion-oficial-vpo">protección oficial.</a></p>
<p>Si está interesado en acceder a esta propuesta deberá tener en cuenta que es necesario que cumpla los requisitos exigidos para acceder a viviendas de VPO.</p>
<ul>
<li>Ser mayor de edad.</li>
</ul>
<ul>
<li> Tener unos ingresos máximos no superiores a 4,5 veces el valor ponderado del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).</li>
</ul>
<ul>
<li> Acreditar unos ingresos mínimos o constituir un aval.</li>
</ul>
<ul>
<li> No disponer de otra vivienda en propiedad.</li>
</ul>
<p>Podrá solicitar un piso de los promocionados a través del formulario que encontrará <a href="http://www.fundacio.lacaixa.es/ambitos/viviendaasequible/solicitud_ca.html">aquí</a>.</p>
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		<title>Alquiler en 2011</title>
		<link>http://irph.org/alquiler-en-2011.html</link>
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		<pubDate>Wed, 29 Dec 2010 17:48:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Merlina</dc:creator>
				<category><![CDATA[alquiler]]></category>
		<category><![CDATA[Alquiler en 2011]]></category>

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		<description><![CDATA[Ya estamos a tan sólo dos días de que se inicie el nuevo año, y con el cambio de calendario se vendrán una serie aumentos en distintos bienes y de servicios a causa del IPC. Lo negativo de este nuevo año es que las subidas de 2011 serán mucho más amplias que las que se [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><img class="alignnone" src="http://www.sxc.hu/pic/m/s/sv/svilen001/1083424_market_on_the_rise__1.jpg" alt="" width="300" height="273" /></p>
<p>Ya estamos a tan sólo dos días de que se inicie el nuevo año, y <strong>con el cambio de calendario se vendrán una serie aumentos en distintos bienes y de servicios a causa del <a href="http://www.ipcblog.es/ipc-2011">IPC</a>. </strong></p>
<p>Lo negativo de este nuevo año es que<strong> las subidas de 2011 serán mucho más amplias que las que se registraron en enero de 2010, </strong>ya que el año pasado la inflación se encontraba en sus niveles más bajos.  Es así que las perspectivas muestran que la cuesta de enero va a ser más profunda que años anteriores, golpeando la los bolsillos españoles, ya exhaustos por la crisis.</p>
<p>Uno de los productos que ya estuvo mostrando incrementos en este último tramo de 2010 y se espera que continúe haciéndolo en 2010, son<strong> los préstamos <a href="http://hipotecashipotecas.es">hipotecarios</a>.</strong></p>
<p>No sólo que en este rubro se esperan incrementos sino que se prevé que los mismos sean significativos, no sólo por el efecto al<strong> alza del <a href="http://www.euribor.com.es/">Euribor</a></strong>, sino también por la dificultad de las entidades para hacerse de liquidez, que ha impulsado a la banca a ofrecer <strong><a href="http://mejoresdepositos.es">depósitos </a>con tipos de interés muy superiores a los oficiales.</strong></p>
<p>El Euribor, el indicador más utilizado para el cálculo de las hipotecas, viene registrando lentos pero permanentes incrementos, alcanzando niveles en torno del 1,534%, lo que supone un 23,5% más que el registrado en diciembre de 2009.</p>
<p>Si consideramos que por el momento la media del mes se sitúa en el 1,528%, podemos valorar<strong> el impacto en los bolsillos españoles en unos 600 euros al año,</strong> para quienes sufran la revisión de sus hipotecas en base a los datos del mes en curso.</p>
<p>Como si comprar en este contexto fuera fácil, <strong>vivir de alquiler tampoco va a resultar barato.</strong></p>
<p>Muchos arrendadores <strong>aplican a sus inquilinos el<a href="http://ipcblog.es/ipc-alquileres"> IPC de vivienda,</a></strong><a href="http://ipcblog.es/ipc-alquileres"> </a>de modo de mantener actualizados sus precios en función del incremento del nivel general de precios.  Sin embargo, el IPC de vivienda elaborado por el <a href="http://www.ipcblog.es/el-instituto-nacional-de-estadistica/">Instituto Nacional de Estadística</a>, tradicionalmente ha sido mayor, que el IPC general.</p>
<p>Como si esto fuera poco, ya vimos como el IPC de noviembre, ha subido un 2,3%, y será justamente este indicador el que sea utilizado como referencia para los incrementos del ejercicio siguiente.</p>
<p>Vivir a partir del 01 de Enero de 2011 va a resultar un poco más caro y más difícil,<strong> teniendo que afrontar no sólo estas subas, sino también aquellas que ha han sido anunciadas para los servicios, como la luz, o las tasas públicas…</strong> En fin, a tener paciencia…</p>
]]></content:encoded>
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